Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 dispone correr traslado del documento allegado por los directores del Departamento Nacional de Planeación y de la Unidad para las Víctimas en respuesta a la orden cuarta del Auto 166/20, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, para que en caso de tener observaciones o propuestas respecto del plan de trabajo para la consolidación de la batería de Indicadores de Goce Efectivo de Derechos, se pronuncien sobre ello.
Así mismo, dispuso comunicar el contenido de este proveído a los directores del Departamento Nacional de Planeación y de la Unidad para las Víctimas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Consejo Noruego para los Refugiados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REMITIR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, el documento allegado por los directores del Departamento Nacional de Planeacion y de la Unidad para las Victimas en respuesta a la orden cuarta del Auto 166 de 2020, a la Contraloria General de la Republica, la Procuraduria General de la Nacion, la Defensoria del Pueblo y la Comision de Seguimiento a la Politica Publica sobre Desplazamiento Forzado, para que en caso de tener observaciones o propuestas respecto del plan de trabajo para la consolidacion de la bateria de bateria Indicadores de Goce Efectivo de Derechos, se pronuncien en el termino de diez (10) dias, a partir de la notificacion de la presente decision.
- Segundo. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaria General de esta Corporacion, el contenido de esta providencia a los directores del Departamento Nacional de Planeacion y de la Unidad para las Victimas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Consejo Noruego para los Refugiados.
- Tercero. En razon de la situacion de aislamiento preventivo obligatorio, todas las comunicaciones ordenadas en este auto se haran via correo electronico, cuyas direcciones se incluyen en el Anexo I de la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.